RIMAweb » Legislación http://www.rimaweb.com.ar Red Informativa de Mujeres de Argentina Sun, 08 Oct 2017 16:53:03 +0000 http://wordpress.org/?v=2.9.2 en hourly 1 Ley de Trabajo de Mujeres y Menores, por Ester Kandel http://www.rimaweb.com.ar/articulos/2015/ley-de-trabajo-de-mujeres-y-menores-por-ester-kandel/ http://www.rimaweb.com.ar/articulos/2015/ley-de-trabajo-de-mujeres-y-menores-por-ester-kandel/#comments Thu, 27 Aug 2015 15:29:54 +0000 RIMA http://www.rimaweb.com.ar/?p=1793

RESEÑA

ESTER KANDEL

LEY DE TRABAJO DE MUJERES Y MENORES

UN SIGLO DE SU SANCIÓN

La doble opresión: reconocimiento tácito

Con una mirada retrospectiva, el libro nos acerca a una época de valoración contradictoria del trabajo de la mujer: cuando su misión esencial eran la maternidad y las tareas domésticas, y se la sometía a grados de explotación que comprometía su vida.

La autora retoma el tema iniciado en el libro anterior, División sexual del trabajo – ayer y hoy – una aproximación al tema (Editorial Dunken), donde indagara las relaciones de trabajo desde la perspectiva de género, particularmente en la empresa Terrabusi.

Al cumplirse 100 años de la sanción  en nuestro país de la Ley 5291 de trabajo de mujeres y menores, analiza el proyecto legislativo, así como el complejo entramado de intereses, propuestas, debates y acciones; y  los acontecimientos que enmarcaron la incorporación de la mujer a la industria y sus condiciones de trabajo.

Estos hechos constituyen el motivo principal que la impulsó a escribirlo, según ella misma lo señala, partiendo de las circunstancias que rodearon a este acontecimiento. La  indagación de varias fuentes, tales como muchos números del periódico La Vanguardia, las posiciones de las centrales sindicales, los contenidos de los debates públicos y las discusiones por las  que atravesó el proyecto de ley desde la primera propuesta elaborada por Gabriela Laperriere de Coni, resultan reveladoras de las diferencias, tanto estratégicas como tácticas, que muestran los intereses contrapuestos de los distintos sindicatos, los trabajadores y los patronos. El debate abierto entre corrientes sindicales, también reflejado por los historiadores, las opiniones del Partido socialista, mediatizadas por La Vanguardia, forman parte de las citas textuales.

La presencia decisiva del Diputado Alfredo Palacios como representante del ideario socialista y del diputado Seguí por la UIA, como  vocero de estos últimos, reflejan una ardua puja sostenida en batallas cuyos escenarios van desde congresos o asambleas hasta huelgas, marchas, manifestaciones en las calles y la represión  que muchas veces se desencadenó.

Si bien su relevancia histórica se considera indiscutible, ¿para qué plantearse  este tema actualmente?

Descontamos por una parte que para las/os trabajadoras/es siempre es útil saber más acerca de los hechos que acompañaron los cambios en su condición de tales; que el conocimiento del contexto sirve para aprender, reflexionar y proponer modificaciones en esta relación desigual que nos impone el sistema capitalista.

Por otra parte, ciertos aspectos que conciernen a las condiciones y medio ambiente de trabajo como la salud, la violencia y el acoso sexual, la discriminación directa e indirecta de las mujeres, continúan siendo temas de preocupación permanente en esta sociedad de mercado libre, donde predomina la flexibilidad en las relaciones laborales.

Así, el tema de la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres está instalado en las agendas de distintos organismos estatales y sindicales, aunque sean insuficientes las políticas públicas que la garanticen y sólo se registre un avance en cuanto a los derechos sexuales y reproductivos.

El trabajo infantil, a diferencia de lo que ocurría a principios del siglo XX, cuando se localizaba  en los talleres y fábricas, lo vemos diariamente en las calles de los centros urbanos o en las tareas rurales, sin que se garanticen en la mayoría de los casos, la alimentación, escolaridad y vivienda.

Sustentar una concepción del sujeto y de su conducta, como emergentes de complejas relaciones sociales, permite a su vez abordar, con espíritu reflexivo y crítico, la lectura de las fuentes, la reconstrucción de los hechos con distintos puntos de vista, y discernir entre las posiciones positivistas, que negaban las contradicciones en el seno del movimiento obrero, y las de algunos análisis académicos de las mujeres, que aún hoy no reconocen la lucha de clases, y ni las contradicciones de clase y de género. Por lo tanto, intentar un análisis desde un enfoque que contemple las relaciones de clase y de género, sin apegarse al discurso oficial aséptico, puede constituir una contribución válida para un mejor conocimiento de estos conflictos.

De ahí  las referencias a los aspectos macroeconómicos, condiciones de vida, datos de población, de sus organizaciones gremiales, los conflictos, del proyecto de ley nacional de trabajo, el trabajo de las mujeres y su participación.

En el prefacio, un recorrido por los diferentes grados de opresión que han sufrido las mujeres a lo largo de la historia, permite dimensionar la importancia del período particular analizado.

En cuanto a las motivaciones personales, la autora destaca su práctica cotidiana como trabajadora y la experiencia de años de militancia en defensa de los derechos de las mujeres, lucha en la que me he sentido impactada por la experiencia de otras mujeres que por su capacidad y posibilidades, tuvieron  una actividad pública relevante, tales como La Pasionaria[1] e Isadora  Duncan.[2]

En “Temas y problemas nuevos”, E. Kandel vuelve sobre la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres, en el ámbito laboral, desde los inicios de la organización del movimiento obrero, al  propugnar entre otras reivindicaciones, la igualdad salarial y el acortamiento de la jornada de trabajo. Las condiciones de trabajo, las largas jornadas agotadoras, afectaban la salud y en algunos casos destruía los cuerpos de varones y mujeres, de ahí que las sucesivas propuestas legislativas, apuntaban a revertir las condiciones en que se vendía la fuerza de trabajo.

Desde una mirada que abarque las relaciones de clase y de género, la problematización del trabajo asalariado femenino, comenzó en los inicios del siglo XX, vinculado a la construcción de un ideal maternal, así como los debates sobre el tipo de educación que debían recibir las mujeres,  iniciada en el siglo XIX.

La problematización del tema, implicaba el reconocimiento de su rol materno, plasmado en un proyecto de ley, que admitía la necesidad de no concurrir por treinta días al lugar de trabajo y la posibilidad de amamantar. La justificación de su aporte era contradictoria, desde el punto de vista de los empleadores, los favorecía, pues retribuían menores montos que a los varones y desde la visión que se tenía del rol de la mujer, se aceptaba su inserción laboral como un mal necesario. La maternidad, era concebida como un hecho natural.

El grado de desarrollo de las fuerzas productivas no  permitía vislumbrar a la mayoría de la sociedad, a las mujeres, como sujetos de distintos derechos. Sólo se había definido el papel reproductor de la mujer como su función primaria y el Estado reforzaba el estatus secundario de su actividad productiva.

Continúa desarrollando el comportamiento de los diferentes actores sociales: el movimiento obrero organizado por ejemplo luchó por aumentos de salario, acortamiento de la jornada laboral, utilizando la huelga  como método principal hasta que se comenzaron a discutir varios temas: necesidad de la reglamentación del trabajo, y métodos como el boicot,  el sabotaje, el arbitraje, el papel del parlamento, su relación con las organizaciones obreras y partidos políticos. Estos temas despertaron polémicas entre los integrantes de las organizaciones gremiales y rupturas. Las mujeres fueron convocadas para participar activamente en las organizaciones gremiales.

“Tan intensas y resonantes como en 1906 son las luchas libradas durante el año 1907, numerosas huelgas corporativas, y dos generales, de vastas proyecciones, en solidaridad con trabajadores en conflicto y de airada protesta contra agresiones, abusos y atropellos de las autoridades, regístranse en este período”.[3]

Contradicciones de clase y de género, enfrentaban simultáneamente las mujeres, ante el patrón (extensión de la jornada laboral, salarial y acoso sexual) y con sus compañeros de trabajo y sus esposos (competencia, costumbres y moral predominante).

La base material en que se desarrollaban los trabajos en fábricas y talleres, impactó en la inspectora de fábricas de la Municipalidad de Buenos Aires. Aunque no lo planteó en estos términos, Gabriela L. de Coni visualizó la doble jornada laboral y sus efectos en la salud y aunque pertenecía a otra clase[4], se ubicó desde las necesidades e intereses[5] de las obreras, proponiendo la limitación de la jornada de trabajo de las mujeres a ocho horas. Elaboró un proyecto que tenía en cuenta la experiencia en Europa: por ejemplo en Inglaterra, en 1819, se votó la primera ley limitaba el trabajo de la mujer y el niño en las fábricas[6]. Gabriela L. de Coni, supo interpretar la nueva realidad social y se conectó[7] con el Partido Socialista pues sus portavoces expresaban necesidades, sentimientos y acciones que los/as trabajadores/as no lo podían verter por sí solos. Este modelo, desarrollado en los primeros países industrializados, permitía que se abordara “el conflicto entre quienes pagaban los salarios y quienes vivían de ellos”. Las organizaciones de beneficencia, también asistieron a la mujer obrera, en su formación para  cuestiones de puericultura y en algunos casos previniéndolas contra las ideas socialistas.

Las organizaciones obreras se ubicaban tácticamente según su estrategia: los anarquistas planteaban la “liberación femenina” oponiéndose a la reglamentación del trabajo, propuesta por el socialismo. Asimismo en su interior, había quienes pensaban que las mujeres no tenían que trabajar en las fábricas. En el Partido socialista también surgió un debate sobre la relación de los trabajadores y las instituciones burguesas.

Tales peticiones por mejores condiciones de trabajo, se realizaba en el país cuando predominaba la línea que marcaba el Código Civil (1869) de la inferioridad femenina y la mujer casada estaba subordinada al marido.

Al final va analizando en secuencia los proyectos de ley tal como se sucedieron,  identificando a los actores: Gabriela Laperriere de Coni, (inspectora ad-honorem de fábricas de la Municipalidad de la Municipalidad de Buenos Aires, el diputado Dr. Alfredo Palacios (socialista), también la Unión Industrial Argentina ( UIA) y el Poder Ejecutivo; más el alineamiento de éstos últimos para vaciar el proyecto original.

Se registran cuatro textos y cinco instancias de elaboración y debates.

-          1902, Gabriela Laperriere de Coni (Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.)

-          1906, Alfredo Palacios (manuscrito)

-          1906, Alfredo Palacios: presentación en la sesión del 22 de junio de 1906.

-          1906,  Comisión legislativa – diputados.

-          1907,  Poder Ejecutivo con acuerdo de la UIA. Se sanciona

La autora es profesora en Ciencias de la Educación, Psicóloga social y Magíster de la UBA en Ciencias Sociales del Trabajo; se especializa en la temática  mujer y trabajo.


[1] Dolores Ibarruri, era su nombre. Fue dirigente comunista de la República Española y de guerra civil.

[2] Bailarina norteamericana, pionera de la danza contemporánea. En los inicios de la revolución rusa, dictó clases de danza a las niñas.

[3] S. Marotta, completa el comentario: “Datos estadísticos publicados por el Departamento nacional del Trabajo-no siempre veraces- hacen ascender, en la ciudad de Buenos aires, a 231 el número de huelgas producidas en el año y a 75.000 los obreros comprendidos en ellas. Analizadas sus causas, 49 son motivadas por petitorios de aumentos de salarios, 46 por la reincorporación de obreros despedidos en  acto de represalia patronal; 16 por la reducción de la jornada de trabajo; 18 por solidaridad; 27 por expulsión de capataces prepotentes u obreros traidores a su propia causa; 5 por la abolición del trabajo a destajo; 70 por causas distintas”.

[4] En Europa, señala, E. J. Hobsbawn,  “la emancipación de la mujer”, fue iniciada y desarrollada de forma casi exclusiva (finales del siglo XIX)  por la clase media y -de forma diferente- por los estratos más elevados de la sociedad, menos importante desde el punto de vista estadístico.

[5] A diferencia de la UIA.

[6] Roberto Owen fue el impulsor de este proyecto. Citado por F. Engels en el Socialismo utópico al socialismo científico.

[7] Luego se incorporó y participó activamente. En el apéndice hacemos referencias biográficas.

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Ley de Trabajo de Mujeres y Menores

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Día histórico en el Congreso de la Nación Argentina: disertación de Marianne Mollmann representante de Human Rights Watch http://www.rimaweb.com.ar/articulos/2010/dia-historico-en-el-congreso-de-la-nacion-argentina-disertacion-de-marianne-mollmann-representante-de-human-rights-watch/ http://www.rimaweb.com.ar/articulos/2010/dia-historico-en-el-congreso-de-la-nacion-argentina-disertacion-de-marianne-mollmann-representante-de-human-rights-watch/#comments Tue, 07 Dec 2010 03:36:20 +0000 kamala http://www.rimaweb.com.ar/?p=764 El 30 de noviembre de 2010 la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación, organizó una jornada sobre la situación del aborto en Argentina, donde disertó Marianne Mollmann, Directora de Promoción y Defensa, Derechos de la Mujeres de Human Rights Watch. El presidente de la Comisión Diputado Vega se comprometió a continuar el debate abierto.

Sra. Mollman.- Señoras y señores: mi nombre es Marianne Mollman y estoy aquí en representación de la organización internacional de derechos humanos Human Rights Watch.

Me permito dirigirme en esta reunión por invitación del señor presidente de la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, doctor Juan Carlos Vega.

Ante todo quisiera agradecer la invitación para concurrir a este evento. Es un placer y un honor -y también me da un poco de miedo- contribuir a este tema y abrir un debate que ha sido esperado con tanta anticipación. Espero poder contribuir así, aunque sea de una manera humilde, a un debate muy importante para las mujeres y las niñas argentinas, y también para la integridad del Estado democrático argentino.

Tengo experticia en esta materia, tanto teórico-legal como empírica. He investigado temas relacionados con los derechos humanos de las mujeres desde hace más de una década. He realizado investigaciones de campo sobre el acceso al aborto en la Argentina, en México, en Perú, en Nicaragua y en Irlanda, habiendo publicado informes, artículos y análisis legales sobre el tema en estos y otros países.

Asimismo, he contribuido a debates parlamentarios sobre esta temática en México, en los Estados Unidos, en Irlanda, en Brasil, en Perú y ahora en la Argentina, y he hecho presentaciones como amicus curiae sobre los derechos humanos y el acceso al aborto legal en la Argentina, Colombia, México y Nicaragua.

Soy originaria de Dinamarca, por lo que pido disculpas por mi español.

Tengo un diploma en Ciencias Políticas de la Universidad de Copenhague, una maestría en Administración de Empresas en la École des Affaires de Paris, en Francia, y otra maestría en Derecho Internacional de Derechos Humanos, en la Universidad de Essex, en Inglaterra.

En mi experiencia a partir de las investigaciones que he realizado sobre este tema específicamente en la Argentina, la penalización del aborto lleva a las mujeres a tomar medidas desesperadas, como por ejemplo, intentar abortar con agujas de tejer, con sondas, con tallos de perejil e incluso con revólveres.

La penalización también permite a las supuestas clínicas de aborto clandestinas funcionar con poco respeto por la salud y la vida de las mujeres.

A veces cuando una mujer llega a un hospital público sufriendo hemorragias, infecciones o lesiones causadas por un aborto inseguro que pone en peligro su vida, los funcionarios de la salud pública la menosprecian o le deniegan el tratamiento adecuado haciendo referencia explícita a la penalización.

Muchas veces las mujeres evitan el cuidado necesario post aborto por miedo a ser procesadas legalmente, pudiendo ello acarrearles consecuencias perjudiciales para la salud.

La confusión y el temor a las consecuencias legales del aborto también impiden a las mujeres acceder a los que indiscutiblemente son sus derechos. Por ejemplo, me refiero al caso de un aborto no punible contemplado en el artículo 86 del Código Penal vigente.

Muchos expertos con los que he hablado en Argentina coinciden en que si bien el Código Penal no exige una autorización judicial para un aborto, de todas maneras se ha convertido en un requisito de facto porque la mayoría de los médicos no lleva a cabo el procedimiento si no cuenta con ella.

Esta situación ha resultado en retrasos en el acceso al aborto, por ejemplo para las adolescentes violadas y las mujeres con discapacidad mental. Y eso les arroja serias consecuencias en la salud y en la vida.

Quiero comentarles la experiencia que obtuve de otros países. Por ejemplo, México e Irlanda demuestran que una penalización generalizada conlleva un nivel de estigma, miedo y desinformación que imposibilita el acceso al aborto incluso a las mujeres y niñas para quienes el procedimiento ya está despenalizado.

Hasta que el aborto se despenalice por completo, los lineamientos mejor implementados para ciertas circunstancias bien definidas no conducirán a un acceso equitativo y libre de obstáculos.

Es apropiado resaltar que el sufrimiento que la penalización del aborto causa en la Argentina se vive casi exclusivamente en los sectores pobres. Existe una clara desigualdad entre la mujer con recursos que puede pagar por un aborto ilegal en condiciones relativamente seguras ‑consecuentemente disminuyendo su riesgo‑ y la mujer sin recursos que no tiene esa opción y afronta importantes riesgos en su vida y en su salud para lograr el mismo objetivo. Me refiero al procedimiento médico que se necesita.

Por otra parte, también es importante el precio. He hablado con mujeres de sectores muy humildes, quienes me comentaron que en sus barrios el valor de un aborto clandestino dependía de si se le suministraban antibióticos o no. Esa opción sería totalmente inconcebible si el aborto fuera legal.

De hecho, la grave falta de reglamentación y de responsabilidad médica con respecto a los abortos que se están llevando a cabo en la Argentina –que son muchos‑, además de su respectiva ilegalidad, representa una consecuencia negativa adicional de la clandestinidad.

La penalización del aborto no solamente trae consecuencias graves para la salud y la vida de la mujer individual que necesita interrumpir su embarazo sino que también origina un problema de salud pública.

Según el Ministerio de Salud de la Nación, en 2008 más del 20 por ciento de las muertes registradas por emergencias obstétricas fueron por abortos inseguros. Y según las estadísticas vitales correspondientes al 2009, que me parece que ayer fueron publicadas en los periódicos, la mortalidad materna ha vuelto a subir y la proporción de muertes maternas atribuibles al aborto es del 28 por ciento.

Entonces, el aborto inseguro, es decir la ilegalidad del aborto, es la primera causa de muerte materna en este país. Y ello es doblemente trágico porque es evitable. En los países donde el aborto es legal no se ven esas cifras ni esas muertes.

Pero además de ser un tema que inspira compasión y empatía, la penalización del aborto es una cuestión de derechos humanos. A lo largo de la última década se han observado cambios importantes en el consenso internacional sobre el vínculo entre el acceso al aborto y el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres.

Estos cambios se evidencian claramente en el trabajo de los órganos de supervisión de las Naciones Unidas y en los documentos de consenso de varias conferencias mundiales relativas a los derechos de las mujeres a la salud y a los derechos respectivos.

Interpretaciones autorizadas del derecho internacional reconocen que el acceso al aborto legal y seguro resulta esencial para el disfrute y ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres. Los órganos de supervisión de los tratados internacionales de las Naciones Unidas, a través de sus interpretaciones, han expresado sus opiniones sobre el acceso al aborto y las restricciones al mismo de manera sistemática y exhaustiva.

Estos órganos sostienen que ciertos derechos humanos firmemente establecidos ‑como por ejemplo, el derecho a la vida, a la salud, a la no discriminación, al libre ejercicio de la religión‑ se ven comprometidos por las leyes y prácticas en materia del aborto que poseen carácter punitivo y restrictivo.

En marzo de este año el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas expresó su preocupación por la legislación restrictiva del aborto, en Argentina específicamente, y emitió la siguiente recomendación: “El Estado parte…”, es decir, la Argentina “…debe modificar su legislación de forma que la misma ayude efectivamente a las mujeres a evitar embarazos no deseados y que estas no tengan que recurrir al aborto clandestino que pudiera poner en peligro sus vidas”.

Esta recomendación fue emitida en relación con el derecho a la vida y al goce igualitario de todos los derechos humanos contenidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que queda incorporado en la Constitución Argentina.

En junio de este año el Comité de los  Derechos del Niño expresó igualmente su preocupación por el elevado porcentaje de mortalidad materna causada por un aborto, especialmente en los adolescentes, y por los prolongados procedimientos para la interrupción legal de un embarazo en este país.

En esa conexión el Comité recomendó varios pasos para la Argentina: “Adopte medidas urgentes para reducir la mortalidad materna relacionada con el aborto, en particular velando por que la profesión médica conozca y practique el aborto no punible, especialmente en el caso de las niñas y mujeres víctimas de violación sin intervención de los tribunales y a petición de ellas.”

También dijo el Comité que se enmiende el artículo 86 del Código Penal en el ámbito nacional para prevenir las disparidades en la legislación provincial vigente y en la nueva en lo que respecta al aborto legal.

En agosto de este año el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer expresó preocupaciones similares e instó a la Argentina, y cito nuevamente: “…a que revise la legislación vigente que penaliza el aborto que tiene graves consecuencias para la salud y la vida de las mujeres”.

Este Comité además observó que Argentina debe asegurarse de que exista un acceso efectivo y en condiciones de igualdad a los servicios de salud para interrumpir el embarazo.

Estos mismos comités han emitido docenas de recomendaciones de la misma índole a países con legislación similares a la de la Argentina sosteniendo que la penalización del aborto es incompatible con los derechos humanos.

Quiero también agregar que esa es mi experiencia personal de las investigaciones que he realizado. Está claro que el acceso al aborto legal y seguro puede salvar la vida y facilitar la igualdad de las mujeres.

También queda determinado que las decisiones de las mujeres en materia de aborto se encuentran relacionadas con los derechos humanos de las mujeres inherentes a su condición de persona, a su dignidad, a su derecho a privacidad.

Los obstáculos existentes para este tipo de decisiones en la Argentina interfieren con la capacidad de las mujeres de ejercer sus derechos humanos dando lugar a prácticas clandestinas e inseguras que durante décadas han constituido una de las principales causas de muerte materna en nuestro país.

En general el argumento en contra de la despenalización del aborto va emparejado con otros en contra de la anticoncepción moderna. Ambos atentan contra los derechos de la mujer, su salud y su vida.

Independientemente de la coyuntura judicial y política, estos argumentos ameritan un severo análisis crítico puesto que tienen efectos de vida o muerte para muchas mujeres y niñas argentinas.

El Ministerio de Salud de la Nación estima que el 40 por ciento de los embarazos en la Argentina terminan en un aborto. Por lógica eso quiere decir que cada uno de los presentes en esta sala conoce por lo menos a una mujer que se hizo como mínimo un aborto. Estoy segura de que esas mujeres y niñas, vuestras hermanas, hijas, esposas, madres, y amigas, no tomaron a la ligera la decisión de interrumpir un embarazo. Y también estoy segura de que hubieran preferido no necesitar un aborto. Ninguna mujer se embaraza para poder abortar.

Esas mujeres tienen los mismos derechos que todos y merecen un entorno que les ayude a tomar decisiones personales y privadas con dignidad y responsabilidad sobre sus vidas y la respectiva salud.

La experiencia me demuestra que la penalización del aborto, lejos de desincentivar la práctica, sólo la vuelve peligrosa.

Hace varias décadas la Argentina se unió a la comunidad internacional de Estados democráticos ‑después de haber pasado por una dictadura militar dolorosa‑, ratificando varios tratados internacionales de derechos humanos. Y hace más de diez años que se dio estatus constitucional a esos tratados.

Entiendo que es hora de debatir la despenalización del aborto de manera seria, sobria y democrática. Asimismo sé por experiencia propia que no va a ser fácil. Y esto lo afirmo porque desde que se dio a conocer que yo iba a dar testimonio en esta audiencia, he recibido amenazas y hostigamientos por vía electrónica.

De todos modos, también sé que a pesar de la presencia de algunos elementos antidemocráticos, el pueblo argentino está dispuesto a tener un diálogo transparente, democrático, influyente y adulto sobre este tema.

Entre mi primer informe sobre este tema que data del 2005 y el segundo realizado en el 2010, el debate ha cambiado muchísimo. Las preguntas que recibo y las intervenciones mediáticas se han modificado enormemente. El pueblo argentino está dispuesto a tener este debate.

Espero que mi testimonio contribuya de una manera muy humilde a abrir este diálogo. (Aplausos.)

Ver disertación completa con comentarios de diputadas y diputados presentes, legisladoras de la Ciudad de Buenos Aires invitadas, y la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito.

Descargar aqui: jornada30noviembre2010

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