Aborto no punible en Argentina a partir del Fallo de la CSJ

18 de Junio de 2012 por kamala

Legislación, Leyes nacionales

El 13 de marzo de 2012 la Corte Suprema de justicia de la Nación emitió un fallo donde clarifica la interpretación del Artículo 86 del Córdigo Penal Argentina. En este fallo la CSJ se indica que el ABORTO cuando el embarazo es producto de una VIOLACIÓN de cualquier mujer NO ES PUNIBLE, y de acuerdo al Art. 19 Constitución Nacional “ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.

En la página de despenalización.org.ar se puede descargar el texto completo del fallo y ver otras jurisprudencia de Argentina

Por su parte Perla Prigoshin ha publicado en su web un mapa sobre la situación del Aborto No Punible en Argentina a partir del fallo

Fuente: web de Perla Prigoshin

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4 comentarios en este artículo

  1. noemi dijo:

    Estan tergiversando la letra de la ley y su espiritu para dar rienda suelta al terrorismo de violencia que cree el gobierno le dara poder.Pues es inconstitucional la reglamentacion de un delito y menos en casos como el derecho de las personas por nacer de un derecho protegido tanto por nuestra constitucion como por tratados internacionales.

  2. robert dijo:

    concuerdo-

  3. Laura dijo:

    Si no tenemos ese derecho las mujeres.. estamos favoreciendo el aborto ilegal y los asesinatos de neonatos.. es que acaso hay tanta gente feliz con negar la realidad?

  4. silvia dijo:

    ceo que hay que ponerse en el lugar de la victima para decidir como continuar, debe ser dificil despues de una violacion concebir un hijo producto de ello y llevarlo en el vientre tantos meses….

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